Normas de Publicidad y Categorías Restringidas
Esta política integra los Términos y Condiciones y se aplica a perfiles, anuncios, contenido promocionado y, cuando se habiliten, a los bienes y servicios ofrecidos en la plataforma.
1. Alcance y responsabilidad
Estas normas establecen qué contenido publicitario y promocional puede mostrarse en Acento. Cada Titular de perfil, anunciante o patrocinador garantiza que posee todas las licencias, permisos, registros, matrículas y autorizaciones necesarias para ofrecer o publicitar el producto o servicio, y es el único responsable de que su contenido cumpla la normativa vigente. Acento actúa como directorio y puede rechazar, condicionar, ocultar o retirar cualquier contenido por motivos legales, técnicos, comerciales, reputacionales o de seguridad —incluso cuando no exista una infracción manifiesta—, sin que ello genere derecho a indemnización. Acento no tiene obligación de publicar ningún anuncio ni de mantenerlo activo durante un plazo determinado, y la publicación de un anuncio no garantiza una determinada visibilidad, posicionamiento o número de impresiones.
Acento proporciona exclusivamente una plataforma tecnológica para la publicación de perfiles y contenidos de terceros. No participa en la negociación, contratación, prestación ni ejecución de los bienes o servicios ofrecidos por los anunciantes, salvo que se indique expresamente para un servicio concreto. La revisión realizada por Acento tiene carácter exclusivamente operativo y no constituye certificación, autorización ni garantía de legalidad, calidad, seguridad o veracidad del contenido publicado; Acento podrá retirar preventivamente un anuncio cuando exista una duda razonable sobre su legalidad, incluso antes de una resolución definitiva. El anunciante se compromete a mantener indemne a Acento frente a reclamos de terceros derivados de sus anuncios, incluidas infracciones de marcas, imágenes, fotografías, vídeos o textos utilizados sin autorización suficiente.
2. Principios: legal, decente y honesto
Todo contenido debe ser:
- Legal: no debe contravenir ninguna norma ni promover actividades ilícitas.
- Decente: no debe contener material ofensivo, violento, discriminatorio ni que atente contra la dignidad o el orden público.
- Honesto y veraz: no debe inducir a error sobre precios, características, resultados, habilitaciones o disponibilidad.
- Actualizado: el anunciante debe mantener la información vigente durante toda la publicación y adaptar su publicidad a cualquier cambio normativo aplicable, incluso si el contenido hubiera sido aceptado previamente por Acento.
La publicidad comparativa solo se permite cuando sea objetiva, verificable, no engañosa y no denigre a competidores. Todo contenido patrocinado, anuncio o promoción debe identificarse claramente y no mezclarse de forma confusa con resultados orgánicos. Quedan prohibidas interfaces engañosas, urgencias falsas, temporizadores ficticios, escasez falsa u otros patrones oscuros, así como afirmaciones absolutas del tipo "100% garantizado", "sin riesgos" o "cura asegurada" salvo que puedan acreditarse legalmente.
3. Menores y categorías con edad mínima
Ningún contenido puede dirigirse a menores de edad cuando promueva productos o servicios de uso exclusivo para adultos, ni utilizar a menores en su representación. Las categorías con edad mínima legal (por ejemplo, alcohol, tabaco y juegos de azar) están reservadas a personas mayores de 18 años. Ver también la cláusula de menores de los Términos.
4. Alcohol
La publicidad de bebidas alcohólicas se rige por la Ley 24.788 y su decreto reglamentario 149/2009. No se permite contenido que: (i) se dirija a menores de 18 años o utilice menores; (ii) sugiera que el consumo mejora el rendimiento físico, intelectual, sexual o el éxito social; o (iii) asocie el consumo con la conducción de vehículos. La publicidad debe incluir, de forma clara y legible, las leyendas "Beber con moderación" y "Prohibida su venta a menores de 18 años".
5. Tabaco y vapeo
Conforme a la Ley 26.687, está prohibida la publicidad, promoción y patrocinio de productos elaborados con tabaco, salvo en los puntos de venta y supuestos que la ley admite. Aplicamos el mismo criterio restrictivo a cigarrillos electrónicos y dispositivos de vapeo.
6. Juegos de azar, sorteos y premios
Las promociones con sorteos, premios o concursos deben cumplir el régimen de lealtad comercial y las autorizaciones de la autoridad de juego competente. No se permite condicionar la participación a una compra cuando la normativa lo prohíbe, ni promover el juego a menores de 18 años. El juego de apuestas sólo puede promoverse por operadores legalmente habilitados en la jurisdicción correspondiente.
7. Medicamentos y suplementos dietarios
Sólo puede publicitarse aquello permitido por la autoridad sanitaria (ANMAT). No se permite publicidad de medicamentos de venta bajo receta, afirmaciones que prometan curación, testimonios falsos o que induzcan a la automedicación, ni claims de pérdida de peso, suplementos, bienestar, cirugía estética o fertilidad que no cuenten con respaldo y habilitación exigible. Los suplementos dietarios deben respetar los registros y leyendas exigidos.
8. Alimentos
La publicidad de alimentos debe ajustarse al Código Alimentario Argentino y a las normas de ANMAT/INAL, sin atribuir propiedades terapéuticas o nutricionales no autorizadas ni inducir a error sobre su composición.
9. Productos cosméticos, de higiene personal y perfumes
Deben respetar los registros y la normativa de ANMAT y no atribuir efectos no comprobados ni de carácter terapéutico.
10. Servicios financieros
La publicidad de servicios financieros, créditos, inversiones, criptoactivos, NFTs o medios de pago debe informar de forma clara y completa los costos, tasas, riesgos y condiciones, conforme a las normas de defensa del consumidor financiero y del Banco Central cuando correspondan. No se permite ocultar costos, prometer aprobación garantizada, minimizar riesgos ni inducir a error sobre el costo total o los resultados esperados.
11. Profesionales y oficios
Quienes ejerzan profesiones u oficios que requieran matrícula, colegiación o habilitación deben publicitarse de acuerdo con las normas de su colegio o autoridad, e informar su matrícula cuando corresponda. No se permite inducir a error sobre títulos, habilitaciones o competencias.
12. Turismo
Los servicios turísticos deben cumplir las habilitaciones, inscripciones, deberes de información, seguros y demás requisitos nacionales, provinciales o municipales que estén vigentes para la actividad y jurisdicción correspondiente. No se exige en esta política el registro nacional de la derogada Ley 18.829; ello no elimina las obligaciones sectoriales o locales que sí resulten aplicables.
13. Oferta sexual y servicios de acompañantes
Conforme al Decreto 936/2011, está prohibida la publicación de avisos que, de manera explícita o encubierta, promuevan u oferten servicios sexuales o de comercio sexual.
14. Productos y servicios prohibidos
No se permite ofrecer, publicitar ni —cuando se habilite la compraventa— comercializar, entre otros: armas, municiones y explosivos no autorizados; drogas y estupefacientes ilegales; productos falsificados o que infrinjan marcas y derechos de autor; especies protegidas y fauna silvestre; documentos, datos personales o credenciales de terceros; material de abuso o explotación; publicidad política sin autorización expresa; deepfakes publicitarios; afirmaciones ambientales no demostrables como “eco”, “verde”, “sostenible” o “carbon neutral”; y cualquier bien o servicio cuya oferta esté prohibida por la ley. Esta lista es enunciativa; Acento se reserva el derecho de ampliar, reducir o modificar en cualquier momento las categorías restringidas, en especial al habilitarse el mercado local.
15. Consecuencias del incumplimiento
Ante un incumplimiento, Acento puede rechazar o retirar el contenido de forma inmediata —incluso sin previo aviso, cuando exista riesgo para consumidores, terceros o el cumplimiento normativo—, advertir al anunciante, limitar funciones, suspender temporalmente o dar de baja el perfil o la cuenta, y conservar anuncios eliminados, modificaciones, historial, logs y comunicaciones relacionadas para fines de seguridad, cumplimiento legal y defensa de derechos, sin perjuicio de las acciones que correspondan. Las infracciones reiteradas podrán impedir la futura contratación de espacios publicitarios o la apertura de nuevas cuentas. Acento podrá colaborar con autoridades administrativas y judiciales cuando exista obligación legal o requerimiento válido, preservando la confidencialidad en la medida permitida por la ley. Ver la Política de Uso Aceptable y los Términos.
16. Contacto
Consultas sobre estas normas: [email protected]. Para denunciar contenido, ver Denunciar contenido.